¿Cómo están resolviendo los Juzgados las demandas contra el Banco Santander por las acciones, obligaciones subordinadas y participaciones preferentes del Banco Popular?

Empezaremos el año echando una mirada a las últimas resoluciones judiciales que se han dictado a lo largo de los últimos meses resolviendo aquellas reclamaciones judiciales promovidas por el equipo de abogados de Col.lectiu Ronda contra el Banco Santander, por aquellos productos que quedaron amortizados con la resolución anticipada del Banco Popular. Nos referimos a las acciones, obligaciones subordinadas y participaciones preferentes.

Se calcula que cerca de 300.000 accionistas, bonistas y preferentistas de Banco Popular han perdido la totalidad de su inversión tras la resolución de la entidad y su posterior adquisición por parte del Santander. Se trata de clientes minoristas que depositaron buena parte de sus ahorros en estos productos basándose en la relación de confianza que tenían con su banco.

A día de hoy, los afectados todavía pueden ejercer sus derechos como consumidores de productos financieros para recuperar el valor de su inversión, puesto que son ya numerosas las sentencias que condenan a Banco Popular por irregularidades y falta de información. Más aún, después de conocerse en el mes de junio de 2018 un importante informe emitido por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) en el que consideraba que la cúpula directiva de Banco Popular falseó las cuentas correspondientes al ejercicio 2016 para ofrecer una falsa imagen de solidez financiera de la entidad.

Esta falsedad, posteriormente ratificada y ampliada a otros ejercicios anteriores por los peritos del Banco de España, avala la petición de nulidad de la adquisición de todos estos productos financieros.

A continuación dejamos el enlace de algunas de estas sentencias, a modo de ejemplo, resolviendo casos sobre reclamaciones relativas a estos productos financieros:

Como vemos, los accionistas, preferentistas y tenedores de deuda subordinada pueden solicitar judicialmente la nulidad de las órdenes de suscripción, o subsidiariamente la reclamación de daños y perjuicios, con la consiguiente devolución del capital invertido más los intereses legales y las custodias (comisiones de mantenimiento). A este importe habrá que restar los rendimientos obtenidos por los productos suscritos.

En estos supuestos, se puede discutir tanto la complejidad del producto contratado, como la falta de veracidad de la información relacionada con el mismo. Además, y para aquellos accionistas que adquirieron sus títulos con ocasión de la última ampliación de capital de Banco Popular (junio de 2016), la Ley del Mercado de Valores prevé la Acción por falsedad del folleto de emisión, que igualmente contempla la reclamación de los daños y perjuicios ocasionados a los accionistas como consecuencia de informaciones falsas u omisiones de datos relevantes en el folleto que se les entregó antes de adquirir las acciones.

NOTA IMPORTANTE: para poder ejercitar estas acciones judicialmente el afectado no tiene que haber aceptado los bonos fidelización ofrecidos por el Banco Santander.

Oscar Serrano Castells

Abogado.

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