
Muchos clientes de Banco Sabadell con hipotecas contratadas referenciadas a un tipo de interés variable que han sufrido los efectos de la cláusula suelo y, por tanto, se han visto privados de la posibilidad de beneficiarse de los continuados descensos del Euribor de los últimos años están recibiendo en tiempos recientes el ofrecimiento por parte de la entidad de suprimir esta cláusula considerada abusiva por el Tribunal Supremo y transformar el tipo variable en un interés fijo del 1.65%. Una propuesta que, según transmiten los comerciales de la entidad a los clientes contactados, supone una reducción en el importe de sus cuotas mensuales y la tranquilidad de esquivar futuros encarecimientos que puedan producirse a raíz de una posible subida Euribor en tiempos venideros.
El ofrecimiento, sin embargo, incluye una importante contrapartida: Banco Sabadell obliga a los clientes que acepten la propuesta a renunciar a la devolución de los importes abonados de más como consecuencia de la aplicación de la cláusula suelo y a no interponer futuras reclamaciones judiciales en relación a la inclusión de esta cláusula que, insistimos, el Tribunal Supremo considera abusiva en la mayoría de casos.
Cambio inminente
Desde el Col·lectiu Ronda nos vemos obligados a recomendar a todos los clientes que han sido objeto de esta oferta aparentemente tentadora por parte de Banco Sabadell que extremen la prudencia y busquen asesoramiento legal antes de aceptar una propuesta que, en el plazo de sólo unos meses, podría ser absolutamente contraria a los intereses de los clientes que decidan suscribirla.
Está previsto que entre los meses de mayo y junio de este año, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se pronuncie de forma definitiva sobre la adecuación o no al derecho comunitario de la polémica decisión adoptada por el Tribunal Supremo español de considerar abusiva la inclusión de cláusulas suelo en los préstamos hipotecarios pero limitar a mayo de 2013 la aplicación retroactiva de la obligación por parte de las entidades condenadas de devolver el dinero cobrado indebidamente. Y todo hace prever que el TJUE considerará que el Tribunal Supremo ha obrado incorrectamente estableciendo esta limitación a la devolución de los importes y fijará la obligación inapelable para las entidades financieras que devolver íntegramente todo el dinero cobrado de más por efecto de la cláusula suelo. Es decir, todo el dinero que los clientes han pagado indebidamente desde el momento de firmar la hipoteca, dejando sin efecto la limitación arbitraria e injustificable impuesta por el Tribunal Supremo con el argumento de no poner en cuestión la viabilidad económica de las entidades que durante años se han beneficiados de los perversos efectos de la cláusula suelo incluida en millones de préstamos hipotecarios.
Una oferta engañosa
¿Por qué razón Banco Sabadell ha comenzado, precisamente ahora, a ofrecer esta modificación sustancial de sus hipotecas para referenciarlas a un tipo de interés fijo? Sin duda, para evitar los efectos de esta inminente resolución judicial que podría obligarles a devolver en su totalidad el dinero derivados de la aplicación de la cláusula suelo. Ninguna otra explicación resulta lógica, especialmente si consideramos que Banco Sabadell, al contrario que otras entidades, se ha negado hasta ahora a retirar de motu propio la cláusula suelo incluida en sus préstamos hipotecarios. Por el contrario, Banco Sabadell ha defendido de forma vehemente y reiterada que, en su caso, se cumplían escrupulosamente los requisitos de transparencia e información a fin de soslayar la consideración de cláusula abusiva. Hay que pensar, por tanto, que el ofrecimiento del tipo de interés fijo en sustitución del suscrito originalmente no es otra cosa que el peaje que Banco Sabadell está dispuesto a pagar para conseguir el compromiso explícito por parte de sus clientes de no interponer ninguna denuncia relacionada con la cláusula suelo del préstamo hipotecario en el futuro. Prueba evidente de que la dirección de la entidad y sus servicios jurídicos ven más que probable que la Justicia europea pueda otorgar en el plazo de sólo unos meses el aval definitivo a las reclamaciones judiciales de los clientes que durante años se han visto reiteradamente perjudicados por la inclusión no negociada y sin contraprestación real de una cláusula que ha encarecido de forma injustificada sus pagos mensuales.