Bonos de Fergo Aisa. ¡Última llamada!

Véase artículo con información actualizada sobre los plazos de reclamación: https://malapracticabancaria.com/2020/06/30/el-estado-de-alarma-sanitaria-prolonga-el-plazo-para-reclamar-por-los-productos-financieros-comercializados-por-la-antigua-bankpyme/

En este mes de agosto se cumplen cuatro años desde el vencimiento de los Bonos de Fergo Aisa que esta empresa emitió en el año 2006 y que la antigua Bankpime, empresa hermana de la constructora – como ya hemos explicado en otros artículos – comercializó de manera irregular.

Resulta necesario explicar a los afectados por este producto, que hasta ahora, en las demandas judiciales encaminadas a la recuperación de la inversión realizada en Bonos de Fero Aisa, ejercíamos esencialmente dos acciones, una de nulidad del contrato por error a la hora de prestar el consentimiento contractual, y la otra, de resolución del mismo por incumplimiento de las obligaciones legales de información, e indemnización de daños y perjuicios.  Si bien esta última tiene un plazo de prescripción de 10 años, la primera tiene un plazo de caducidad de tan sólo 4 años, que según la doctrina jurídica computa a partir de que el afectado tiene conocimiento del momento en que puede ejercerla y contra quien, es decir, desde que no se le devolvió el dinero al vencimiento, esto es, en agosto de 2011.

Así las cosas, no es necesario alarmarse porque a partir de ahora todavía estará vigente la acción de resolución contractual e indemnización de daños y perjuicios por incumplimiento de las obligaciones legales de diligencia, transparencia e información en el momento de la comercialización de los Bonos.

En otro orden de cosas, tal como ya hemos explicado en anteriores posts, actualmente estamos dirigiendo las demandas judiciales contra La Caixa ( Caixabank SA) por ser la entidad que absorvió el negocio bancario de Bankpime; y aunque sobre esta cuestión sigue habiendo controversia, la gran mayoría de juzgados están considerando a La Caixa como entidad subrogada en todos los derechos y obligaciones de Bankpime, por lo que se la está considerando responsable de la comercialización irregular de estos títulos.

Como muestra de ello, os adjuntamos aquí las siguientes sentencias obtenidas recientemente y que condenan a esta entidad, o incluso solidariamente con IPME 2012 ( antigua Bankpime ), a devolver a los afectados el dinero invertido en Bonos de Fergo Aisa:

– Sentencia del Juzgado de 1ª Instancia núm. 4 de L’Hospitalet de Llobregat, de fecha 14 de enero.

Sentencia del Juzgado de 1ª Instancia núm. 2 de L’Hospitalet de Llobregat, de fecha 18 de marzo.

Sentencia del Juzgado de 1ª Instancia núm. 4 de Valencia, de fecha 18 de junio. * 

– Sentencia del Juzgado de 1ª Instancia núm. 59 de Madrid, de fecha 1 de junio. *

* Defensa jurídica a cargo del letrado Eduardo Rodríguez de Brujón y Fernández.

Oscar Serrano Castells.

2 comentarios sobre “Bonos de Fergo Aisa. ¡Última llamada!

  1. Tenemos bonos Fergo Aisa emision 2006.
    Su valor de compra eran 12.000€. Hasta el presente no hemos iniciado ninguna diligencia para su posible recuperacion.
    Nos pueden informar al respecto?
    Muy agradecidos

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