Obligan a devolver el dinero invertido en el fondo CX Propiedad-FII de CatalunyaCaixa

El Juzgado Transversal de Mataró ha dictado, a instancias del Col.lctiu Ronda, una SENTENCIA que obliga a CatalunyaCaixa a devolver el dinero invertido por una madre y su hijo en el fondo CX Propiedad-FII, actualmente en proceso de liquidación.

fondos de inversion

La resolución considera que la entidad no informó a los clientes de la posibilidad de perder el dinero depositado en este producto que califica de «complejo y de alto riesgo» ni la circunstancia de que el capital invertido no estaba garantizado por el Fondo de Garantía de Depósitos.

La disolución de CX Propiedad-FII afecta actualmente 3336 clientes que tienen tienen vedado el acceso al dinero comprometidos en este fondo en tanto no concluya la disolución y liquidación del patrimonio inmobiliario del fondo.

Según criterio del Juzgado Transversal de Mataró, CatalunyaCaixa no cumplió la obligación de proporcionar toda la información necesaria para que sus clientes adquirieran conciencia de «las características esenciales, la naturaleza y los riesgos de este producto eminentemente inadecuado para clientes con un perfil conservador «. Al contrario, la entidad «comercializaba como seguro» un producto «complejo y de riesgo donde se podía perder el capital» y que no contaba con la garantía del Fondo de Garantía de Depósitos.

En idéntica situación a la de los clientes ahora beneficiados por la resolución del juzgado de Mataró -a quien CatalunyaCaixa deberá devolver los 4.000€ invertidos- se encuentran 3336 partícipes afectados igualmente por la decisión de la entidad de liquidar este instrumento de inversión colectiva dedicado a la compra y arrendamiento de inmuebles, que en el momento del anuncio de la liquidación contaba con un patrimonio de 95,6 millones de Euros. Clientes que, en una situación análoga a la de un verdadero «corralito», no tienen acceso al dinero invertido en este fondo a expensas del proceso de disolución del fondo, consistente en liquidar ordenadamente el patrimonio inmobiliario y devolver el dinero conseguido proporcionalmente entre los partícipes una vez saldadas previamente los créditos que pesen sobre el propio fondo.

Un procedimiento que puede demorarse en el tiempo y que, dada la presente situación del mercado inmobiliario en España, puede resultar del todo insuficiente para devolver el dinero ahora bajo amenaza. Todo ello con la dificultad añadida de que muchos de los inmuebles del fondo se encuentran en régimen de arrendamiento y, por tanto, con contratos en vigor, no pueden venderse de forma rápida.

En caso de que el proceso de liquidación no resultara una cantidad suficiente para cubrir los 95,6 millones de euros declarados como patrimonio del fondo, los clientes afectados no contarían con la protección del Fondo de Garantía de Depósitos.

En el procedimiento de comercialización del fondo CX Propiedad-FII, se pueden detectar idénticas irregularidades y carencias por parte de la entidad a la hora de proporcionar información fidedigna y precisa sobre los riesgos y las características del producto ofrecido a las que rodearon la venta de participaciones preferentes y deuda subordinada. Así, por ejemplo, CatalunyaCaixa hacía constar «perfil de riesgo: medio-bajo» en el folleto del producto registrado en la CNMV y «perfil de riesgo: prudente» en el folleto comercial que proporcionaba a clientes que, como es el caso de los demandantes, no tenían ninguna experiencia previa en la adquisición de productos sometidos a riesgo de pérdida del capital invertido. Un producto que, suscribieron, es únicamente porque «eran clientes habituales que tenían plena confianza en los empleados de la entidad», según recoge la sentencia.

Oscar Serrano

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