
Más de 30.000 familias en todo el Estado se encuentran actualmente afectadas por las hipotecas multidivisa. Un producto financiero de alto riesgo comercializado en masa a partir de 2006, y a lo largo del 2007 y 2008, un periodo en el que la constante apreciación del Euro suponía la posibilidad de beneficiarse de condiciones ventajosas para adquirir estas otras divisas con el resultado de unas cómodas y asequibles cuotas hipotecarias que se convirtieron en la excusa perfecta para la banca para conceder hipotecas por importes mucho más elevados de lo que hubiera sido razonable.
Posteriormente, y a partir del año 2009, con la devaluación del euro respecto a las divisas extranjeras -normalmente yenes o francos suizos- en las que se referenciaba el capital, las hipotecas multidivisa afloraron como un verdadero problema económico: el capital pendiente de devolución de estas hipotecas, en vez de disminuir se multiplicaba, y a su vez, las cuotas hipotecarias se tornaron en muchos casos inasumibles por las familias que cayeron en esta trampa.
Fue, a partir de entonces, cuando se empezó a cuestionar judicialmente la abusividad de este tipo de cláusulas hipotecarias consiguiendo, entre los años 2011 y 2012, sentencias contradictorias sobre esta cuestión. Normalmente por el desconocimiento por parte del juzgador de este tipo de productos y las circunstancias de su comercialización.
Después de muchos cuestionamientos judiciales empezaron a surgir las primeras resoluciones favorables para los afectados, dando un paso definitivo el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en su sentencia de 20 de septiembre de 2017 en la que declaró el clausulado de este tipo de préstamos como no transparente, y por tanto, abusivo. Abriendo la puerta a miles de consumidores afectados para reclamar la nulidad parcial y su reconversión a un préstamo convencional con carácter retroactivo.
Posteriormente, sería el Tribunal Supremo el que se pronunciaría sobre el fenómeno de las hipotecas multidivisa de manera clara: una hipoteca multidivisa será considerada nula si el banco no ofreció al cliente toda la información de manera clara y precisa para que este fuera consciente de los riesgos que estaba asumiendo en el momento de la contratación.
Últimas sentencias favorables
La falta de claridad, precisión y transparencia en la información suministrada por parte de las entidades financieras sobre los riesgos de las hipotecas multidivisa son causa suficiente para exigir la nulidad de este tipo de hipotecas y su reconversión a un préstamo convencional, con carácter retroactivo.
A continuación, os adjuntamos algunas de las sentencias favorables y recientemente obtenidas por nuestros compañeros de Col.lectiu Ronda en materia de hipotecas multidivisa: