
Después de la contundente Sentencia del Pleno de la Sala Civil del Tribunal Supremo del pasado 29 de noviembre ( Consultar sentencia aquí. ) que condenó a Caixabank a devolver a dos clientes de la antigua Bankpime los ahorros invertidos en un producto financiero, y por la que atribuyó a este Banco el carácter de heredero universal de Bankpime, se fijó de forma definitiva el criterio que deben seguir el resto de tribunales de todo el Estado donde, desde hace años, se acumulan miles de demandas interpuestas por los antiguos clientes de aquella entidad.
Aclarado este punto, la mayoría de las demandas interpuestas se están resolviendo ya sistemáticamente a favor de los clientes de la antigua Bankpime responsabilizando a Caixabank por la falta de transparencia exhibida por la entidad, en concreto por la falta de información clara y concreta sobre los riesgos que estaban asumiendo los clientes con la inversión en productos, principalmente de renta fija, como fueron las preferentes islandesas de Kaupthing Bank, Landsbanski Islands, o del banco americano Lehman Brothers, o incluso por la compra de bonos de la empresa constructora Fergo Aisa.
A continuación, os adjuntamos, algunas de las Sentencias recientemente obtenidas por nuestro equipo, ilustrativas de esta situación:
– Sentencia Juzgado de 1ª Instancia núm. 56 de Barcelona, de 18 de diciembre de 2017.
– Sentencia Juzgado de 1ª Instancia núm. 23 de Valencia, de 16 de enero de 2018.
– Sentencia Sección 13ª de la Audiencia Provincial de Barcelona, de 17 de enero de 2018.
– Sentencia Juzgado de Primera Instancia núm. 12 de Barcelona, de 20 de febrero de 2018
– Sentencia Juzgado de Primera Instancia núm. 25 de Barcelona, de 20 de febrero de 2018
– Sentencia Juzgado de Primera Instancia núm. 27 de Barcelona, de 3 de noviembre de 2017.
Oscar Serrano
Abogado – Col.lectiu Ronda.