Los afectados por la comercialización irregular de participaciones preferentes de LA CAIXA llevan más de una año de viacrucis.
En el mes de diciembre de 2011, LA CAIXA se vio obligada a ofrecer a los titulares de participaciones preferentes la posibilidad de substituir las Participaciones Preferentes por otros instrumentos financieros dotados de mayor liquidez, puesto que el mercado secundario en el que se negociaba su venta se hallaba paralizado por falta de compradores dispuestos a adquirir los títulos que se ponían a la venta y, por tanto, era imposible obtener liquidez.
La referida entidad financiera estableció como plazo máximo para efectuar el canje el 31 de enero de 2012.
Ante la imposibilidad de recuperar el capital, la inmensa mayoría de los afectados se vieron obligados a efectuar, dentro del plazo señalado por la entidad, es decir, antes del 31 de enero de 2012, el canje de las Participaciones Preferentes por Obligaciones Subordinadas con vencimiento a 10 años y Obligaciones Subordinadas Necesariamente Convertibles en Acciones de CAIXABANK, SA, producto aún más complejo y volátil que el inicialmente contratado.
La Orden de Recompra de participaciones preferentes fue subscrita como única alternativa a la pérdida absoluta del nominal contratado en la adquisición de participaciones preferentes, ante la paralización del mercado secundario en el que se negociaba su venta y, por tanto, ante la imposibilidad de recuperar sus ahorros. Además existió por parte de la entidad bancaria una especial insistencia y recomendación para efectuar el canje haciendo hincapié en que si no lo aceptaban podían perder todo el dinero invertido.
LA CAIXA incumplió la normativa específica que le correspondía aplicar en el desarrollo de su actividad, que debía estar presidida por los criterios de imparcialidad, buena fe, cuidado y diligencia y adecuada información al cliente.
Tal es la gravedad y flagrancia de las prácticas irregulares realizadas por las entidades bancarias en la comercialización de participaciones preferentes que tienen la consideración de hecho público y notorio.
Tanto es así que el Real Decreto-ley 24/2012, de 31 de agosto, de reestructuración y resolución de entidades de crédito prevé medidas de protección del inversor. En este sentido, es significativo que en su propia Exposición de Motivos establezca que:
“Así, por un lado se prevén medidas de protección del inversor, de manera que el real decreto-ley da respuestas decididas en relación con la comercialización de los instrumentos híbridos y otros productos complejos para el cliente minorista, entre los que se incluyen las participaciones preferentes, con el fin de evitar que se reproduzcan prácticas irregulares ocurridas durante los últimos años.”
Y ya en fecha 10 de mayo de 2012 el Parlament de Catalunya aprobó una Moción en relación a los efectos de la comercialización de participaciones preferentes a inversores individuales por la que se reprobaba a la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la actuación de las entidades financieras.
Y en el mismo sentido, se ha pronunciado el Síndic de Greuges de Catalunya en la actuación de oficio 00610/2012 sobre las participaciones preferentes, realizando una serie de sugerencias dirigidas a las administraciones y a los organismos supervisores competentes, entidades financieras implicadas y Defensor del Pueblo.
LA CAIXA en un intento de lavar su imagen y para acallar las quejas de los afectados, ha ofrecido a algunos de ellos un préstamo pignorado que les permite disponer de su dinero, cuyo interés y coste fiscal se paga con los rendimientos de los títulos pignorados. Pero resulta que no se lo ha ofrecido a todos los afectados, solo a determinadas personas, en según qué circunstancias y dependiendo de los importes invertidos. Sorprendentemente, no todos los préstamos contienen las mismas condiciones, especialmente en cuanto a la parte referida a obligaciones subordinadas convertibles en acciones. Incluso nos consta que, sólo a determinadas personas que han sido especialmente activas a través de las plataformas de afectados, se les ha devuelto íntegramente el capital sin tener que suscribir dicho préstamo, como decimos, con el objeto de acallar a los más activistas.
Para el resto, tras la interposición de una avalancha de demandas judiciales y estando en marcha el proceso, también nos están ofreciendo el reintegro del capital, pero sin asumir, a diferencia de lo que sí hace, por ejemplo, Catalunya Banc, el pago de los costes que el afectado ha tenido que asumir para llegar hasta aquí.
Soluciones todas ellas improvisadas, y lo que está claro es que quien no llora …, y mientrastanto, LA CAIXA hablando de transparencia y sin recapacitar.
Barcelona, 27 de marzo de 2013.
Un comentario sobre “Preferentes de “La Caixa”: un Viacrucis interminable.”