Ya han transcurrido casi 5 años desde que La Caixa absorviera a la antigua Bankpime, aquella entidad financiera, filial de Agrupació Mútua, que colocó multitud de productos financieros de alto riesgo entre sus clientes minoristas y más conservadores, concretamente a partir del año 2006.
Nos referimos muy especialmente a los Bonos de Fergo Aisa, de los bancos islandeses Landsbanki y Kaupthing Bank, así como a los bonos y preferentes de Lehmann Brothers, entre otros. Las consecuencias, o mejor dicho, las pérdidas económicas de los ahorros derivadas de estas defectuosas comercializaciones todavía colean a día de hoy, sin que La Caixa asuma sus responsabilidades, y sin que en muchos casos exima además del pago de las custodias de valores a sus clientes afectados.
Actualmente, tanto Bankpime, como Fergo Aisa, como los bancos islandeses o americano, se encuentran todos ellos en concurso de acreedores y en liquidación, por lo que las posibilidades de recuperar el dinero por esta vía parece muy difícil. Sin embargo, como muchos ya sabéis, desde hace ya unos cuantos años, desde el Col.lectiu Ronda estamos trabajando a nivel judicial para conseguir la recuperación de los ahorros perdidos. Actualmente ya contamos con algunas sentencias de primera instancia que condenan a La Caixa ( Caixabank SA) como heredera de Bankpime a asumir la devolución de estas cantidades, e incluso la Audiencia Provincial de Barcelona ya se ha pronunciado sobre la comercialización de estos productos, en sentido positivo para los afectados al considerar que Bankpime no informó correctamente sobre los riesgos inherentes a los productos que estaba comercializando, infringiendo así el régimen legal previsto.
A continuación, adjuntamos las últimas sentencias conseguidas relativas a los productos antes anunciados. Como decíamos, las sentencias más recientes admiten ya la responsabilidad de Caixabank. En cualquier caso, el denominador común en todas ellas, es la consideración de que todos estos productos se vendieron sin informar adecuadamente del riesgo de inversión, siendo su sanción la nulidad del contrato y la devolución íntegra del capital invertido:
- SENTÈNCIA Juzgado de Primera Instancia 20 de Barcelona.
- SENTÈNCIA Juzgado de Primera Instacncia 5 de Mataró
- SENTÈNCIA Juzgado de Primera Instancia 12 de Barcelona
- SENTÈNCIA Juzgado de Primera Instancia Núm. 2 Hospitalet Llobregat.
- SENTÈNCIA Sección 11 de la Audiencia Provincial de Barcelona
- SENTÈNCIA Sección 4ª de la Audiencia Provincial de Barcelona
- SENTÈNCIA Sección 19 de la Audiencia Provincial de Barcelona
- SENTÈNCIA Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Barcelona
Oscar Serrano.
Abogado.
Hola:
la que has puesto como SENTÈNCIA Sección 19 de la Audiencia Provincial de Barcelona en realidad es de un juzgado de primera instancia.
parece que la Audiencia de Barcelona aún no se ha pronunciado sobre qué pasa con los demandantes tras la absorción de Bankpime por Caixabank