Una juez obliga a CatalunyaCaixa a resarcir a la madre de un empleado que compró preferentes.

El pasado día 18 de diciembre, el Juzgado de Primera Instancia número 27 de Barcelona dictó una SENTENCIA que anula la adquisición de participaciones preferentes y deuda subordinada de CatalunyaBanc por parte de una clienta que suscribió estos productos por indicación de su hijo, comercial de la entidad.

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La resolución considera que la información sobre el producto de que disponía el hijo, y que transmitió a los clientes -incluyendo a su madre-, era absolutamente insuficiente para ponderar el riesgo de la inversión.

Esta sentencia ejemplifica la dramática situación de muchos empleados de CatalunyaBanc, afectados ellos mismos o su entorno social y familiar más inmediato por la compra de unos productos financieros sobre los que no fueron debidamente informados por parte de la entidad.

Entre los años 2003 y 2008, la clienta de CatalunyaBanc beneficiada por esta resolución, adquirió participaciones preferentes y deuda subordinada pertenecientes a diferentes emisiones de la entidad por un importe de más de 76.000 €. Operaciones que siempre se realizaron por indicación y con el asesoramiento de su hijo, empleado de CatalunyaBanc a quien, según consta en la sentencia, la entidad no proporcionó información adecuada sobre la verdadera naturaleza de los productos que diariamente ofrecía a clientes como su propia madre.

Tal y como hizo con el resto de clientes de su oficina, el trabajador de CatalunyaBanc indicó erróneamente a su progenitora que preferentes y deuda subordinada eran un producto de ahorro y no de inversión, sin riesgo de pérdida del capital invertido y una rentabilidad superior a la que ofrecía los productos de renta fija. En definitiva, una buena inversión que se concretó en sucesivas contrataciones de diferentes emisiones de participaciones preferentes y deuda subordinada, realizadas casi en todos los casos sin que conste la orden de compra, la entrega del preceptivo folleto informativo de la emisión y, salvo una única ocasión, sin realización del test de conveniencia e idoneidad que imperativamente debe acompañar la compra de productos complejos y de riesgo como los que nos ocupan por parte de una cliente minorista y de perfil conservador. En este cúmulo de irregularidades, tampoco la madre del empleado fue diferente de la inmensa mayoría del resto de clientes de CatalunyaBanc.

La sentencia valida la reclamación de la clienta obligando a la entidad a restituir los más de 31.000 € que constituían la diferencia entre el capital destinado a la adquisición de estos productos y la cantidad que logró recuperar canjeando preferentes y deuda subordinada por acciones de la entidad y aprovechando las ventanas de recompra habilitadas excepcionalmente por el FROB.

El caso que aborda la sentencia no es en absoluto excepcional. Muchos trabajadores y ex-trabajadores de CatalunyaBanc y otras entidades involucradas en la comercialización de estos productos se han visto afectados en primera persona después de adquirirlos ellos mismos o ofrecerlos a su entorno familiar y social más inmediato. Empleados que se han convertido también en víctimas de las preferentes y que, como afirma la sentencia, no disponían «de los conocimientos suficientes para poder valorar los riesgos del producto y dar cumplida información de los mismos». Situación que ya en su momento denunciaron diferentes organizaciones sindicales con representación en la plantilla de CatalunyaBanc que reiteraban que las circulares explicativas sobre estos productos dirigidas a los empleados encargados de su comercialización los definían como productos «no complejos», adecuados para perfiles inversores «prudentes» o, incluso, «conservadores» y sin riesgo.

Para los empleados de la entidad y para las personas de su entorno, CatalunyaBanc ha cerrado la puerta del arbitraje que ha servido a muchos clientes para recuperar su dinero. En en el caso de los empleados afectados, CatalunyaBanc ha denegado sistemáticamente la solicitud abocando como única salida la de presentar demandas judiciales y recurrir a los tribunales, opción que han desestimado muchos trabajadores por miedo a posibles represalias y perder el trabajo, sobre todo en un entorno de incertidumbre como es el del futuro de una entidad en reestructuración como es CatalunyaBanc. Sin embargo, la entidad no está tomando ningún tipo de medida al respecto, con los empleados que han decidido dar el paso de interponer una demanda judicial.

Oscar Serrano.

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