Cinco claves para entender el nuevo proceso de quitas y canjes de preferentes y subordinadas de CX

El pasado lunes día 10 de junio, la Comisión Rectora del FROB (Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria) publicó las quitas a aplicar a los titulares de cada una de las emisiones de Participaciones Preferentes y Obligaciones Subordinadas de Catalunya Banc – y que en algunos casos alcanzan hasta el 66,71 % – , el calendario del proceso de canje de estos instrumentos híbridos por Acciones de Catalunya Banc, y el mecanismo de liquidez para estas acciones. De forma más extensa podéis consultar la Resolución aquí: Resolución FROB

En este artículo intentamos resumir las claves para su adecuada comprensión:


1.- Tal y como establece este comunicado, el próximo 05-07-2013 se producirá el canje de Participaciones Preferentes y Obligaciones Subordinadas por Acciones de CX.


2.- En caso de que el afectado sea titular de alguna de las emisiones de deuda subordinada con vencimiento anterior al 2018 (de la 1 ª a la 6 ª de Caixa Tarragona o la 6 ª emisión de Caixa Catalunya), el afectado puede escoger entre el canje por Acciones de CX o un depósito sin disponibilidad que incorporará un descuento equivalente al 1,50% por cada mes entre 01-12-2012 y el mes de vencimiento de la emisión. Este depósito generará un rendimiento a la fecha del vencimiento del título canjeado fijado en un tipo de interés nominal anual del 2%. Hay que tener en cuenta que este depósito, aunque indisponible hasta la fecha de vencimiento del título canjeado, tiene la garantía de los depósitos por la intervención del FGD.

La fecha máxima para que el cliente pueda acogerse a la opción del depósito es el 28-06-2013. En el caso que el titular de los valores no hubiera manifestado su opción en este plazo se le canjearán los títulos obligatoriamente por acciones.


3.- En el resto de casos se efectuará el canje, con carácter obligatorio, por Acciones de CX que tendrá en cuenta las quitas que constan en los cuadros de la Resolución. Estas acciones podrán venderse, en este caso con carácter voluntario, a partir del del 17 de junio, al FGD (Fondo de Garantía de Depósitos). Las declaraciones serán irrevocables y no podrán someterse a condición.


La fecha máxima para que el cliente pueda acogerse a la opción de la liquidez será el 12-07-2013; y el día 19-07-2013 se efectuará la compra de las acciones por parte del FGD, y por tanto su conversión en dinero.

4.- Sin perjuicio de todo ello, la fecha límite para acogerse al arbitraje también será el próximo 12-07-2013. Para todas las solicitudes recibidas (tanto las nuevas como las ya presentadas hasta ahora), se podrá exigir un Acuse de solicitud de arbitraje, siendo de obligado entrega en los casos de nueva solicitud, así como clientes que habiendo presentado solicitud aún no se haya firmado el convenio.


A los afectados que han presentado la solicitud de arbitraje y opten seguir por esta vía, se les hará igualmente el canje por acciones y podrán acogerse a la liquidez. En caso de que en el momento de la resolución recibieran un laudo favorable, se les abonaría la diferencia hasta el importe determinado por el laudo del proceso arbitral.


Hay que tener presente que se priorizarán los clientes teniendo en cuenta los criterios de la Comisión de Seguimiento de Instrumentos Híbridos de Capital y Deuda Subordinada. Por tanto, no se puede asegurar que el proceso arbitral llegue a iniciarse. La decisión depende de que la entidad firme un convenio arbitral, y esta decisión se somete a un examen previo de un experto independiente que valora las particularidades de cada caso basándose en los antecedentes concretos. Tampoco se puede asegurar que, en caso de producirse el arbitraje, este termine en un laudo favorable al cliente.

5.- En caso que los afectados no quieran o no puedan vender sus acciones al FGD hasta la fecha límite del 12 de julio de 2013 ( salvo prórroga del FROB); o no quieran acogerse al arbitraje, o habiéndolo solicitado no hayan sido seleccionados, podrán reclamar la devolución de todo su dinero por la vía judicial.

Oscar Serrano

Un comentario sobre “Cinco claves para entender el nuevo proceso de quitas y canjes de preferentes y subordinadas de CX

  1. Gràcies x la tasca de divulgació. M’ho apunto x seguir-vos i estar informada de com evoluciona el marron de les prefs. Gràcies again!

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