
El día 21 de diciembre de 2021, Triodos Bank anunció a través de su página web que cerraba definitivamente el mercado interno de CDA y al mismo tiempo anunciaba lla intención de migrar los títulos a un futuro mercado externo de negociación multilateral. Al mismo tiempo, y dadas las circunstancias, consideraba una depreciación teórica en el valor de los títulos del 30%, a efectos fiscales, pues ciertamente estos títulos actualmente no tienen ninguna valoración, puesto que seguimos sin tener un mercado donde obtener un precio real.
Esta decisión se tomó sin ninguna justificación clara y razonada más allá de una mera referencia a causas derivadas de la pandemia por Covid y todo ello, además, a pesar de que en los folletos de las emisiones de CDA consta explícitamente que estos títulos jamás cotizarían en un mercado externo de negociación multilateral. Al contrario, se establecía que únicamente podían concurrir en su mercado interno y que, para ello, Triodos ofrecía una garantía de liquidez por un importe equivalente al 2% de su capital social. Además, se explicó que su valor se determinaría siempre de manera objetiva en función del valor liquidativo del banco, es decir, en función del valor de las acciones depositadas en Holanda, y no mediante una cotización especulativa. Este hecho, junto con la promesa de una inversión responsable y ética, fue determinante para que miles de personas de toda Europa confiaran en este producto como una alternativa a la banca comercial tradicional, y depositaran sus ahorros en los CDA de Triodos Bank.
Un año y poco después de que Triodos Bank comunicara estos cambios, desde Col·lectiu Ronda hemos atendido ya a casi 800 personas preocupadas por esta ruptura de los compromisos iniciales que ha implicado un situación de corralito de facto que afecta a los ahorros de miles de personas de toda Europa y que se remonta ya a marzo de 2020, después de que se anunciara, en un primer momento, la suspensión del mercado. Desde entonces, hemos interpuesto ya cerca de 200 demandas y hemos empezado a celebrar los primeros juicios y a obtener las primeras sentencias. Como siempre que hemos litigado en masa por un producto financiero, nos hemos encontrado en una primera instancia con sentencias en sentido contrapuesto, y ahora no es diferente. De momento, son muy pocas, no más de una docena, algunas favorables y otras desfavorables. Hasta que las Audiencias Provinciales no establezcan un criterio homogéneo, esto seguirá siendo así. Es más, habitualmente las Audiencias Provinciales también suelen discrepar entre ellas, y cuando ello sucede debemos elevar la cuestión al Tribunal Supremo, quien procurará para unificar doctrina y fijar jurisprudencia. Con todo lo expuesto, queremos explicar que el recorrido judicial será largo y que, de momento, estamos en una fase aún muy incipiente.
«Desde Col·lectiu Ronda hemos atendido ya a casi 800 personas preocupadas por esta ruptura de los compromisos iniciales que ha implicado un situación de corralito de facto que afecta a los ahorros de miles de personas de toda Europa y que se remonta ya a marzo de 2020″
En mi opinión, lo más determinante es que los jueces entiendan que los riesgos que se han materializado no son los que se informaron y que los riesgos que se informaron no son los que finalmente se han materializado. En este sentido, no es suficiente con que se informara que los CDA eran un producto de inversión, en el que se podía perder el capital, porque esa advertencia se enmarca dentro del Riesgo Emisor, propio de cualquier emisión de títulos de valores representativos del capital de una empresa o entidad, vinculado a la seguridad y a la rentabilidad en caso de pérdidas económicas o de quiebra. En este caso, la contradicción radica en que mientras Triodos Bank ha presentado unas cuentas de explotación con beneficios extraordinarios durante el ejercicio 2021 de 51 MM de euros y, provisionalmente durante el primer semestre del 2022, de 19 MM de euros, el valor de los CDA han dejado de representar el valor de las acciones del banco al contener implícita una depreciación de al menos el 30% de su valor. Por otro lado, se informó a los compradores de CDA que, en caso de querer vender los títulos, esta venta se produciría en el plazo de una semana o 10 días. Actualmente llevamos casi 3 años sin liquidez. Esta situación, que en sí misma ya es un perjuicio y que, incluso, ha abocado a determinados clientes a tener que solicitar préstamos personales, junto con la volatilidad a la que nos enfrentaremos con el nuevo sistema de negociación de los CDA basado en la oferta y la demanda, son los dos riesgos no informados que se han materializado.Y esta es precisamente la clave del éxito de nuestras reclamaciones, porque el artículo 79.1 bis de la Ley de Mercado de Valores establece que cuando una entidad financiera comercializa un producto financiero complejo a un cliente minorista, éste le debe de advertir de todos los riesgos inherentes al producto, de modo que la aparición de riesgos sobrevenidos o de forma sorpresiva se opone a la seguridad pretendida por la Ley.
Mientras tanto, Triodos sigue con su hoja de ruta, sin variación en cuanto a sus intenciones, y de momento con bastante retraso respecto al calendario inicialmente anunciado. En esta hoja de ruta se incluye la posibilidad de abrir una cuenta de comercialización a partir de este mes de febrero con el operador Captin, que servirá para poder negociar en el futuro los títulos en el nuevo mercado, varias reuniones informativas con los titulares de CDA y una Junta General Extraordinaria durante el mes de marzo y otra en mayo donde se presentarán los resultados definitivos del ejercicio 2022 de la entidad. Desde ese momento, se prevé que la cotización y reanudación de la negociación sea posible a partir del mes de junio siguiente.
«La Ley de Mercado de Valores establece que cuando una entidad financiera comercializa un producto financiero complejo a un cliente minorista, éste le debe de advertir de todos los riesgos inherentes al producto, de modo que la aparición de riesgos sobrevenidos o de forma sorpresiva se opone a la seguridad pretendida por la Ley»
En mi opinión muy personal, y por tanto, sometida a la posibilidad de error, la entidad ha sufrido un enorme desgaste reputacional y de imagen como consecuencia de toda esta situación Y, concretamente, la reputación y confianza en este producto ha quedado muy debilitada. De modo que es previsible que en el momento en que se reinicie la negociación haya un exceso de oferta, es decir, de personas que quieran vender para recuperar su dinero, y un déficit de demanda o de posiciones compradoras compuestas básicamente por grupos especulativos dispuestos a pagar por estos títulos los precios más bajos posibles. De hecho, esta misma advertencia la encontramos publicada en la propia página web de Triodos cuando dice que “Cotizar en un SMN supone también abandonar el sistema de fijación de precios basado en los activos netos del banco, que será reemplazado por un precio determinado por la oferta y la demanda. Según las valoraciones presentes de las instituciones financieras europeas que cotizan en bolsa, se espera que el precio de negociación variable sea significativamente más bajo que el precio de negociación basado en el NAV.”
Si se cumple esta circunstancia, difícilmente este mercado tendrá liquidez alguna y aún más difícilmente los tenedores de CDA podrán recuperar el dinero inicialmente invertido, porque es de prever que las cotizaciones serán muy bajas, por lo que la única alternativa para recuperar los ahorros será la reclamación judicial. En este sentido, muchos de los afectados que nos han consultado nos han trasladado su intención de esperar un poco hasta que este nuevo mercado arranque para poder tomar una decisión después.
«Mientras Triodos Bank ha presentado unas cuentas de explotación con beneficios extraordinarios durante el ejercicio 2021 de 51 MM de euros y, provisionalmente durante el primer semestre del 2022, de 19 MM de euros, el valor de los CDA han dejado de representar el valor de las acciones del banco»
Al hilo de lo anterior, muchos afectados me han trasladado la duda de si esperar a tomar la decisión hasta ese momento puede suponer una cierta conformidad con los cambios operados por Triodos que posteriormente impida la posibilidad de reclamar. Este debate ya surgió, por ejemplo, hace años con el caso de las Acciones de Bankia, en el que muchos accionistas incluso optaron por vender sus acciones, recuperar una muy pequeña parte, y reclamar después por la diferencia hasta el importe de la inversión. El Tribunal Supremo consideró entonces que la venta de las acciones no suponía más que la mera materialización del perjuicio patrimonial sufrido como consecuencia de que la entidad financiera había ofrecido una información falsa y equívoca a sus clientes, pudiendo reclamar esos importes tanto en ejercicio de la acción de nulidad como por la vía de la reclamación de los daños y perjuicios.
No obstante, para aquellas personas que lo deseen y que prefieran esperar un poco, existe la posibilidad de remitir a la entidad una carta por mail o por burofax dejando constancia de tal disconformidad, a la vez que se reclama la devolución de la inversión efectuada. Os dejo un modelo de reclamación previa en este enlace [word | pdf]
Todas estas cuestiones las debatiremos más ampliamente en el encuentro de afectados por CDA de Triodos que hemos organizado para el próximo día 28 de febrero a las 18h, y que podréis seguir tanto de forma presencial en nuestras oficinas de Barcelona, como por videoconferencia. Sobre este encuentro podéis consultar toda la información necesaria aquí.
Oscar Serrano. Abogado Col.lectiu Ronda.
SESIÓN INFORMATIVA AFECTADOS CDA TRIODOS
28 DE FEBRERO DE 2023. 18h
Las personas que quieran asistir PRESENCIALMENTE a la sesión informativa deben RESERVAR su plaza siguiendo este enlace: Reserva de plaza: https://infotriodos.cronda.coop/ |
Para seguir la sesión ONLINE y en DIRECTO, sólo será necesario conectarse a la fecha y hora (18h), a través de este enlace:
Sesión online: https://www.youtube.com/watch?v=62XvnR9TtE8